El MERCOSUR promueve la libre circulación de bienes, servicios y personas entre sus países miembros, lo que incluye la circulación de vehículos de transporte como taxis y remises. Hemos escrito sobre estos temas en otras oportunidades referido a la Prohibición de una medida de 0 kilo por Aduanas hace unos años y al entrar en Vigencia el Codigo Aduanero Mercosur la medida quedó sin aplicación por ser ilegal. Sin embargo, la implementación de esta normativa puede verse afectada por regulaciones locales que establecen restricciones específicas.
Tenemos el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del MERCOSUR busca facilitar la movilidad de trabajadores y servicios entre los países miembros, pero las restricciones locales, como las impuestas en Salto Grande y frontera Litoral, pueden contradecir estos principios.
También tenemos normativa sobre Circulación de Vehículos que permiten la circulación temporal de vehículos de turistas y servicios de transporte entre los países del MERCOSUR. Sin embargo, la prohibición en Salto puede ser vista como una limitación a estos derechos, lo que podría generar conflictos legales y la Justicia deberá determinar incluso daños que pueden generar con esta medida.
Agrego las Resoluciones del Grupo Mercado Común establecen normas para la circulación de vehículos de turistas y de alquiler, pero la aplicación de estas normas puede ser desafiada por las regulaciones locales que limitan el acceso de taxis y remises.
Entonces podemos concluir que la prohibición de ingreso de taxis y remises en Salto Grande o frontera Litoral como Paysandú y Fray Bentos, plantea un dilema entre la normativa local y los principios de libre circulación del MERCOSUR. Mientras que las autoridades locales justifican estas restricciones por razones de control y seguridad, la normativa regional busca facilitar el movimiento de servicios de transporte. Esta situación podría requerir un análisis más profundo y posiblemente la intervención de instancias legales para resolver las contradicciones entre las regulaciones locales y los acuerdos regionales. Este artículo pretende poner la temática en el análisis y seguramente tendremos doctrina a favor y en contra, pero la Justicia deberá dilucidar entre Derecho y hechos para encontrar un equilibrio.